La Ley de Bioseguridad de
Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), tiene por objeto regular las
actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en
programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y
exportación de organismos genéticamente modificados, con el fin de prevenir,
evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar
a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la
sanidad animal, vegetal y acuícola. Tanto la LBOGM y su Reglamento,
establecen los requisitos para llevar a cabo las actividades con
Organismos Genéticamente Modificados.
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