martes, 3 de diciembre de 2013

REGULACIONES DE LOS OGM

La Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), tiene por objeto regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados, con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola. Tanto la  LBOGM y su Reglamento, establecen los requisitos para llevar  a cabo las actividades con Organismos Genéticamente Modificados.

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